Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo que entre otras cuestiones establece una nueva regulación respecto a la prevención de riesgos laborales en condiciones ambientales en el trabajo al aire libre con elevadas temperaturas.
Esta nueva regulación de carácter urgente, implica la modificación del Real Decreto 486/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, incluyendo la obligación concreta de prever medidas adecuadas frente a riesgos vinculados con fenómenos adversos y temperaturas elevadas.
Las medidas preventivas se derivarán de la evaluación de riesgos laborales y deberán tener en cuenta no solo las características de la tarea sino el estado biológico conocido de la persona trabajadora.
En el supuesto en el que se emita por la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas que se hayan establecido, no garanticen la protección de las personas trabajadoras, resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.
La Confederación Sindical Independiente Fetico garantizará el cumplimiento de lo establecido en esta modificación, solicitando allí donde se desarrollen este tipo de actividades, y si fuese necesario, la actualización de la evaluación de riesgos de aquellas tareas que pudieran verse afectadas por esta modificación.
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