top of page

LA JUSTICIA NOS DA LA RAZÓN

La Confederación Sindical Independiente Fetico lo ha vuelto a LOGRAR, tras iniciar la demanda presentada ante la Audiencia Nacional en el año 2018 solicitando que el inicio y el disfrute de las licencias retribuidas para las personas trabajadoras fuese en día hábil, demanda a la que se adhirieron el resto de sindicatos, a pesar del revés sufrido por la sentencia en contra de la Audiencia Nacional, el TRIBUNAL SUPREMO, ha declarado que las personas trabajadoras del Grupo Champion tienen DERECHO a:


  • 1. Que el INICIO del cómputo de los días del permiso por matrimonio ha de ser en día hábil y por tanto laborable.


  • 2. Que en caso de accidente grave, hospitalización de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, el inicio y el disfrute ha de ser en días laborables.


  • 3. Que en caso de fallecimiento de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, enfermedad grave diagnosticada por el facultativo, e intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera de reposo domiciliario de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, el inicio y el disfrute ha de ser en día laborable.


La sentencia del Tribunal Supremo, es clara al efecto, por tanto, desde ahora las personas trabajadoras del Grupo Champion podréis acogeros a estos permisos en caso de necesidad, el cómputo y disfrute debe de ser en DÍA LABORABLE, salvo la excepción del permiso por matrimonio.


FETICO trabaja de manera constante para que tus condiciones laborales sean cada día mejor, y así ha quedado dictaminado y patente por el alto tribunal.

142 visualizaciones0 comentarios

Entradas Recientes

Ver todo
bottom of page