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Conoce las últimas novedades de la reciente reforma del Estatuto de los Trabajadores



Son varias las novedades legislativas que se han recogido en la última reforma del Estatuto de los Trabajadores que ha sido publicado hoy,  Fetico te resume y cuenta los puntos claves de la misma:

LACTANCIA:

Se elimina el requisito de que su acumulación en jornadas completas se autorice por convenio colectivo o mediante pacto de empresa.

Cualquier persona trabajadora tiene derecho a acumular el permiso de lactancia en jornadas completas, diga o no lo diga un convenio o un pacto de empresa. 

PRIORIDAD APLICATIVA DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS:

Sólo se podrá aplicar un convenio colectivo autonómico sobre un convenio colectivo sectorial, cuando resulte más favorable para los trabajadores y no regule materias como: periodo de prueba, modalidades de contratación,  clasificación profesional, jornada máxima anual de trabajo, régimen disciplinario, normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y movilidad geográfica.

NOVEDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL:

SUBSIDIOS DE DESEMPLEO

- Se amplían las posibilidades de acceso a quienes no tengan responsabilidades familiares, ni tengan más de 45 años. No entrará en vigor hasta el 01 junio de 2024.

- Se mantendrá hasta junio la Renta Activa de Inserción y el Subsidio Extraordinario de Desempleo, que desaparecerán a partir de este mes. A partir de entonces, pasarán a gestionarse los nuevos subsidios o el IMV.

- El subsidio por desempleo sube al 95% del IPREM los primeros seis meses (570 euros), el 90% los seis siguientes (540 euros) y el resto, como hasta ahora, el 80% (480 euros). La reforma se aplicará solo a los nuevos reconocimientos, no a los subsidios que ya estén en marcha.

- Por otro lado, se establece la posibilidad de compatibilizar el subsidio con un nuevo empleo a tiempo completo o parcial durante los primeros 180 días sin pérdida de cuantía. Además, se mejora la accesibilidad al subsidio al suprimir el mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva para presentar la solicitud.

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