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El Consejo de Ministros Aprueba un Nuevo Real Decreto-ley para Mejorar la Protección por Desempleo.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, 21 de mayo, un nuevo Real Decreto-ley con el objetivo de simplificar y mejorar el nivel asistencial de la protección por desempleo en el país.

La principal medida es la mejora del nivel asistencial, de tal manera que se elimina la deducción por trabajo a tiempo parcial y se ha modificado el cómputo de renta, asegurando que aquellos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional no sean excluidos, siempre y cuando el total de rentas de la unidad familiar no supere dicho porcentaje.

Se ha eliminado el período de espera previo a la obtención de subsidios por desempleo, con el fin de facilitar una transición más eficiente hacia la protección laboral, evitando vacíos en la cobertura para los colectivos más vulnerables y con menores oportunidades de empleo. Esta medida también permite que nuevos grupos, como las personas menores de 45 años sin cargas familiares o los trabajadores agrarios eventuales, accedan a esta cobertura por desempleo, ampliando así su alcance y beneficios.

Además, se ha reducido el requisito de jornadas laborales necesarias para que los trabajadores agrarios por cuenta ajena, incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, puedan calificar para el subsidio por desempleo. Ahora, solo se requieren 10 jornadas laborales en lugar de un número mayor, lo que facilita el acceso a este importante respaldo económico en momentos de necesidad.

En cuanto a las cuantías los beneficiarios y beneficiarias del nivel asistencial del desempleo podrán percibir las siguientes cuantías:

• 6 primeros meses: 95% IPREM (570 € según la referencia actual)


• 6 meses siguientes: 90% IPREM: (540 €)


• Resto del periodo: 80% IPREM: (480 €)


La norma entrará en vigor en noviembre de 2024. El Real Decreto-ley también introduce un subsidio específico para mujeres mayores de 16 años víctimas de violencia de género, con cuantías equivalentes a las del subsidio ordinario.

Otra medida destacada sería la posibilidad de acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia, un derecho que se extiende a todas las personas trabajadoras sin necesidad de acuerdo con la empresa o el convenio colectivo.

Además, se introduce un Complemento de Apoyo al Empleo, que permite la compatibilidad del subsidio de desempleo con la incorporación laboral y que puede prolongarse hasta 180 días tras agotar un año de subsidio.

Con estas medidas, el Gobierno español busca garantizar una protección más efectiva para aquellos en situación de desempleo, promoviendo su reintegración al mercado laboral y brindando un mayor apoyo a colectivos vulnerables. La normativa entrará en vigor en noviembre de 2024

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